Cualquier extranjero puede darse de alta como autónomo en España, pero el orden importa: primero el NIE, después el certificado digital, luego el alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y por último el alta en la Seguridad Social (RETA), que debe hacerse antes de empezar la actividad. Si eres extracomunitario necesitas además una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Requisitos según tu nacionalidad
Si eres ciudadano de la Unión Europea
Puedes establecerte por cuenta propia en igualdad de condiciones con un español. Solo necesitas el NIE y, si vas a residir más de tres meses, el certificado de registro de ciudadano de la UE.
Si eres extracomunitario
Necesitas una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en vigor. No todas las autorizaciones permiten trabajar por cuenta propia: algunas habilitan solo el trabajo por cuenta ajena, y darse de alta sin la autorización adecuada puede acarrear la pérdida del permiso. Este es el punto que conviene revisar antes de cualquier otro paso.
Los cuatro pasos del alta
- NIE. Es el identificador con el que te reconocen Hacienda y la Seguridad Social.
- Certificado digital. Prácticamente todos los trámites son telemáticos, así que sin certificado digital te quedas fuera. Es un trámite de 29 € que ahorra semanas.
- Alta censal en Hacienda mediante el modelo 036 o 037, donde declaras tu actividad eligiendo el epígrafe del IAE, la fecha de inicio y tus obligaciones de IVA e IRPF. Elegir mal el epígrafe condiciona los impuestos que pagarás después.
- Alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), que debe presentarse hasta 60 días naturales antes del inicio de la actividad y nunca después: el alta fuera de plazo genera recargos y no permite recuperar la tarifa plana de los meses perdidos.
Cuánto vas a pagar de cuota en 2026
Desde 2023 la cuota de autónomos se calcula según los rendimientos netos reales, mediante un sistema de tramos. En 2026:
- Tarifa plana: 80 €/mes durante los 12 primeros meses si te das de alta por primera vez (o si no has estado de alta en los últimos años, según el caso). Puede prorrogarse otros 12 meses si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del salario mínimo y lo solicitas expresamente.
- Terminada la tarifa plana, pasas al sistema de tramos: la cuota mínima parte de unos 200 €/mes para rendimientos netos de hasta 670 € mensuales y sube progresivamente con los ingresos.
La clave práctica: el tramo se elige con una previsión de ingresos que puedes modificar hasta seis veces al año, y al cierre del ejercicio la Seguridad Social regulariza con los datos reales. Ajustar bien esa previsión evita tanto pagar de más como recibir una liquidación complementaria.
Obligaciones una vez dado de alta
- Facturas con todos los requisitos formales y numeración correlativa.
- IVA trimestral (modelo 303) y resumen anual, salvo actividades exentas.
- IRPF: pagos fraccionados trimestrales (modelo 130) y declaración anual de la renta.
- Retenciones (modelo 111 y 115) si tienes empleados o alquilas un local.
- Libros de registro de ingresos, gastos y bienes de inversión.
Si tus clientes están fuera de España, además tendrás que valorar el registro de operadores intracomunitarios (ROI) y el modelo 349, un punto que se pasa por alto con frecuencia entre quienes facturan al extranjero.
Errores frecuentes
- Empezar a facturar antes de darse de alta. Genera recargos y sanciones.
- Elegir el epígrafe del IAE por aproximación, sin comprobar sus obligaciones fiscales.
- Confundir residencia con autorización para trabajar por cuenta propia siendo extracomunitario.
- Declarar una previsión de ingresos irreal y encontrarse con una regularización inesperada.
- No domiciliar la cuota o hacerlo en una cuenta sin fondos: la deuda con la Seguridad Social bloquea otros trámites.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ser autónomo sin ser residente en España?
Para ejercer una actividad económica de forma habitual en España necesitas estar en situación regular. Si eres comunitario, con el registro correspondiente; si no lo eres, con la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
¿Cuánto se tarda?
Con el NIE y el certificado digital ya en la mano, el alta en Hacienda y en el RETA puede completarse en el mismo día.
¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?
Sí, es la llamada pluriactividad, y da derecho a ajustes en la cotización que conviene revisar para no cotizar de más.
¿Y si dejo la actividad?
Hay que tramitar la baja en Hacienda y en el RETA. Mientras no la presentes, la cuota se sigue devengando aunque no factures.
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